LEY Nº 31183 - Bachillerato Automático 2020 - 2021




El dia de ayer 02/05/2021, el Congreso de la República, informó que no habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, y en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez Chuquilin, promulgo la ley 31183, "Ley que incorpora la décima cuarta disposición complementaria transitoria a la ley 30220, ley universitaria, para aprobar el bachillerato automático para estudiantes universitarios durante los años 2020 y 2021"
 
¿Qué menciona la Ley?
Artículo Único: Incorporación de la disposición complementaria transitoria décima cuarta a la Ley 30220, Ley Universitaria

Incorpórase a la Ley 30220, Ley Universitaria, la disposición complementaria transitoria décima cuarta, de acuerdo al texto siguiente:

DÉCIMA CUARTA. Bachillerato automático

Los estudiantes que hayan aprobado los estudios de pregrado en las escuelas profesionales, tanto de universidades públicas como privadas, durante los años 2020 y 2021, accederán a su solicitud y en forma automática a la obtención del grado académico de Bachiller, exonerándoseles de los requisitos establecidos en el numeral 45.1 del artículo 45 de la presente ley.

Esta norma es de carácter excepcional, cuya duración se ha establecido en el párrafo precedente.

¿Qué menciona el artículo 45.1 de la ley universitaria 30220, exonerado para el año 2020-2021?
Grado de Bachiller: requiere haber aprobado los estudios de pregrado, así como la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa.

[ FUENTE ]

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