Personal Asistencial y Médico especialista podrán trabajar en 2 entidades públicas y ganar 2 sueldos




El día de hoy 03/02/2022, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES informó, que el Congreso de la República aprobó con 106 votos a favor, el proyecto de ley que permite que los establecimientos de salud de todo el país contraten personal médico especialista o asistencial de salud aun cuando estos ya se desempeñen en otra entidad pública del sector, permitiendo la doble percepción del personal asistencial y de médicos especialistas durante la vigencia de un Estado de Emergencia Nacional Sanitaria.

La norma autoriza al Ministerio de Salud - MINSA, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, las Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, la sanidad de las Fuerzas Armadas y la Sanidad de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo de sus competencias y a la necesidad del servicio, a realizar las contrataciones nesesarias mencionadas anteriormenete.

En ese sentido establecimientos del MINSA, ESSALUD, regiones y de las sanidades de las fuerzas armadas y policiales podrán ampliar el servicio que brindan a la ciudadanía durante la emergencia sanitaria.

► Entre los requisitos a considerar están la inexistencia de incompatibilidad en el horario laboral, la distancia en el nuevo cargo a asumir, el nuevo vínculo laboral se registra en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

► La nueva entidad contratante debe verificar que los horarios de trabajo no deben sobreponerse de tal modo que una jornada no afecte la otra y también que la distancia entre los centros de trabajo sea razonable y posible de cumplir.
 
► Cabe resaltar que los contratos firmados bajo estas condiciones se extinguen automáticamente una vez culminada la emergencia sanitaria.
 
► Además, la ley aprobada concluye y archiva los procedimientos disciplinarios contra personal médico especialista o asistencial, que de conformidad con el artículo 40° de la Constitución han desarrollado labores en dos entidades durante la emergencia sanitaria. 

FUENTE: CENARES

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