BONO DE S/. 350 SOLES PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES




El día de hoy 14/12/2021, el Gobierno aprobó el D.U. 108-2021, que establece la entrega de un nuevo bono de S/ 350 soles, para pequeños agricultores de todo el país, que administren unidades agropecuarias no mayores a dos hectáreas. La vigencia para cobrar el nuevo subsidio monetario vence el 31 de julio del 2022. 

Según la normativa publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, informa lo siguiente:
  • El bono de S/ 350 soles, esta dirigido a los pequeños productores que administren unidades agropecuarias no mayores a dos hectáreas.
  • Los beneficiarios no deberán estar inscritos en el aplicativo informático del Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público (AIRHSP). 
  • Tampoco estarán en lista los agricultores que ya recibieron el Bono Yanapay.
  • Precisa que en el caso de productores agrarios que integren un mismo hogar, el subsidio monetario irá al integrante que figure en el padrón que apruebe el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI).

Los bonos a entregar tiene una partida de 23 millones de soles, la misma que será administrada por el MIDAGRI y entregada por el programa social Pensión 65.

Asimismo, se determina que el dinero entregado a los beneficiados mediante abonos en cuentas bancarias tiene carácter de intangible, por lo que tales fondos no pueden ser objetos de embargos ni de retenciones judiciales o administrativas.
 
El presente decreto de urgencia tiene por objeto aprobar medidas extraordinarias en apoyo a los productores agrarios con el fin de reducir el impacto negativo ocasionado por el contexto económico mundial y por las medidas adoptadas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional decretado por la pandemia de la COVID-19, señala la norma.

SELECCIÓN DEL PADRÓN DE BENEFICIARIOS
► El D.U. Nº 108-2021 explica que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC deberá actualizar los datos de los agricultores beneficiados en base al Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN).
 
► El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS deberá remitir al MIDAGRI el padrón de beneficiados del Bono Yanapay para la depuración respectiva.
 
► Por otro lado, la normativa autoriza a las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación y las empresas emisoras de dinero electrónico, a abrir cuentas a nombre de los beneficiados, sin la necesidad de la celebración previa de un contrato.

Estaremos ampliando la información...

FUENTE: D.U. Nº 108-2021

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